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Lunes, 26 de Octubre de 2009 14:21 |
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Corresponde al Consejo Directivo del Banco Central, nombrar y remover a propuesta del Presidente, a los funcionarios y empleados de carácter permanente cuyo nombramiento aparezca determinado en el Régimen de Salarios del Banco. Esta atribución podrá ser delegada en el Presidente o Vicepresidentes, según el literal p) del artículo 23, de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva de El Salvador.
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Última actualización el Lunes, 14 de Mayo de 2012 22:00 |