Con la entrada en vigencia de la Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero (LSYRSF), a partir del 2 de agosto de 2011, se crea el Sistema de Supervisión y Regulación Financiera, constituido por El Banco Central de Reserva de El Salvador (BCR) y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).
El Artículo 99 de La Ley de Supervisión regula que el BCR en virtud de dicha Ley, es la institución responsable de la aprobación del marco normativo técnico que debe dictarse de conformidad a dicha Ley y demás leyes que regulan a los supervisados. En el cumplimiento de esta responsabilidad, el BCR deberá velar por que el marco normativo aplicable al sistema financiero se revise periódicamente procurando su actualización oportuna.
Por su parte el Artículo 100, de la misma Ley de Supervisión, establece que el BCR podrá publicar las referidas normas en el Diario Oficial o en otros medios físicos o electrónicos que determine su Consejo Directivo, los cuales hará del conocimiento público. Las normas técnicas serán de obligatorio cumplimiento a partir de su vigencia.
Es entonces bajo este contexto que el Banco Central de Reserva de El Salvador, pone a disposición del público, las normas aprobadas por las anteriores Superintendencia del Sistema Financiero, Superintendencia de Valores y Superintendencia de Pensiones; junto con las normas creadas y modificadas por el Comité de Normas de esta Institución.
Cualquier duda o consulta sobre las Normas Técnicas expuestas en esta sección, favor contactar al Departamento de Normas al correo electrónico normas@bcr.gob.sv o al número de teléfono 2281-8542