La Ley Orgánica del Banco Central de Reserva de El Salvador, en su artículo 64 establece:"Art. 64.- El Banco deberá elaborar y publicar, oportunamente, las principales estadísticas macroeconómicas de carácter monetario, cambiario, de balanza de pagos y otras que estime necesario el Consejo.
Para los efectos previstos en el inciso anterior, el Consejo deberá establecer la naturaleza, contenido y periodicidad de la información que dará a conocer".
En cumplimiento de su Ley Orgánica y de su Misión, el Banco Central pone a disposición del público en este sitio web, la información estadística económica y financiera que genera.