El artículo 64 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva de El Salvador establece que el Banco deberá elaborar y publicar, oportunamente, las principales estadísticas macroeconómicas de carácter monetario, cambiario, de balanza de pagos y otras que estime necesario el Consejo y que para los efectos previstos en el inciso anterior, el Consejo deberá establecer la naturaleza, contenido y periodicidad de la información que dará a conocer.
Las publicaciones que el Banco edita constituyen uno de los principales canales de divulgación de la información económica y financiera que genera la Institución.