La Ley de Integración Monetaria, que entró en vigencia el 1 de enero de 2001, estipula en su artículo 3, que el dólar tendrá curso legal irrestricto.
Asimismo, en el artículo 5 de la misma Ley, se dispone que los billetes de colones y sus monedas fraccionarias emitidos antes de la vigencia de la Ley, continuarán teniendo curso legal irrestricto en forma permanente, pero las instituciones del sistema bancario deberían cambiarlos por dólares al serles presentados para cualqueir transacción.